Mediante la
Resolución número 002-2020 del 21-4-2020, el Consejo del Poder Judicial aprobó
la política para el uso de la firma electrónica en documentos y decisiones
judiciales. Dentro de las causas que motivaron su emisión, está la necesidad de
reducir el tiempo utilizado para la suscripción de decisiones judiciales.
Esta
iniciativa se concibe como un cambio de paradigma en el flujograma tradicional utilizado
para la suscripción de las decisiones y su posterior entrega para el usuario. En
tal sentido, estas políticas institucionales implementan el denominado Protocolo
Digital de Decisiones Judiciales, concebido como un repositorio digital sustentado
en un formato cloud storage o
almacenamiento en la nube, donde los usuarios del sistema de justicia podrán
consultar las decisiones ya firmadas.
Atendiendo
a la modalidad de información contenida en el documento y sobre todo a los
efectos jurídicos de las decisiones judiciales; indudablemente que la
implementación de la firma electrónica constituye un gran reto institucional. Afortunadamente,
en la referida resolución se han tomado en cuenta aspectos vitales para la
seguridad de los metadatos que conformarán las decisiones; como son la
necesidad de sellos electrónicos cualificados según el protocolo tecnológico
vigente, la colocación de sellos de seguridad para autenticar la data que
compone la decisión y un sistema de verificación de la validez de la firma electrónica.
Los usuarios del sistema de justicia, especialmente las abogadas y abogados, deben desde ya familiarizarse con esta nueva modalidad de suscripción de sentencias. La estructura visual de la firma electrónica se compone por un código QR, el nombre y la categoría del juez o los jueces, y un enlace para fines de autenticación, tal y como puede visualizar en el ejemplo de más abajo:

*Muestra para fines didácticos*
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*Muestra para fines didácticos* |
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